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Obligatoriedad del Plan de Emergencia
Todo condominio deberá tener un plan de emergencia ante siniestros como incendios, terremotos y semejantes. El Plan de Emergencia, define con un nivel de detalle suficiente, las medidas que deben tomarse antes, durante y después de una emergencia, dando cumplimiento a la exigencia establecida en la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, publicada en el Diario Oficial el día 16 de Diciembre de 1997 (Ley Nº 19.537).
Obligatoriedad del Seguro de incendio
Salvo que el Reglamento de Copropiedad establezca lo contrario, todas las unidades del condominio
deben asegurarse contra riesgo de incendio, incluyéndose en el seguro la parte proporcional que corresponda en los bienes de dominio común.
